En cumplimiento de acuerdo del Consejo Rector de la Urbanización y en atención a las numerosas reclamaciones en el sentido de establecer un sistema de reservas para el disfrute de las pistas de tenis y padel de la Urbanización, se ha puesto en marcha un sistema electrónico para realizar reservas de las pistas de tenis del sector 1 y de padel del sector 2.
El sistema establece la posibilidad de reservar mediante el acceso a un icono situado en el margen derecho de la web oficial de la urbanización: www.urbanizacionsotodellanera.com
Para acceder al sistema es preciso tramitar el alta en la oficina de administración de la comunidad, siendo requisito necesario cumplimentar y presentar el modelo que se puede descargar mediante enlace situado en la parte superior de la ventana de reservas de pistas. La presentación ha de ser en persona, pues se hace necesario acreditar la titularidad y veracidad de los datos, dado que se trata de pistas para uso y disfrute exclusivo de los comuneros residentes en la urbanización.
El sistema de reservas, actualmente en periodo de pruebas, entrará en vigor de manera oficial a partir del 1 de enero, fecha a partir de la cual se dará total preferencia en el disfrute de las citadas pistas, a quien acredite la reserva de pista sobre aquel comunero que no lo haya hecho. Para ello el sistema emite un justificante indicando solicitante, fecha, hora y pista de la reserva realizada; así mismo dichos datos son remitidos a la dirección del administrador para su verificación en caso de duda.
El sistema permite la reserva de una hora por usuario, no permitiendo la realización de nueva reserva hasta una vez llegada la fecha y hora de la ya realizada, para evitar un indebido acaparamiento de tramos horarios.
Se ruega un uso cívico de la herramienta, evitando realizar reservas por parte de varios vecinos pertenecientes a un mismo grupo de juego en tramos continuados de más de una hora, ha de entenderse que las instalaciones son para el disfrute de todos.
Contamos con que el sistema establecido resulte del agrado de los comuneros y redunde en un más favorable disfrute de las instalaciones deportivas comunitarias.
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